Abono Anticipado de deducciones.- 2015

  • 09/02/2015

Existen tres nuevas deducciones del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas:

Familia numerosa: 1.200 euros anuales; 2.400 si es familia de categoría especial.
Descendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada descendiente.
Ascendiente con discapacidad: 1.200 euros anuales por cada ascendiente.

Estas deducciones se harán efectivas en la declaración del IRPF del ejercicio 2015 (a presentar en 2016),
si bien puede solicitarse su abono anticipado con carácter mensual.

Quiénes pueden solicitar el abono anticipado.
1) Los ascendientes – o hermanos huérfanos de padre y madre – que formen parte de una familia
numerosa.
2) Los contribuyentes con derecho a la aplicación de los mínimos por descendientes o ascendientes
con discapacidad.

Requisitos para solicitar el abono anticipado.

1) Estar en posesión del título de familia numerosa o de la certificación oficial del grado de discapacidad
del descendiente o ascendiente. Es conveniente que compruebe que dispone del título de familia
numerosa y del certificado de discapacidad. Su Comunidad Autónoma (o en su caso las Direcciones
Territoriales del IMSERSO en Ceuta y en Melilla) enviarán esta información directamente a la Agencia
Tributaria para que esta pueda realizar el abono anticipado.
2) Todos los solicitantes, así como los descendientes y ascendientes con discapacidad deben disponer
de número de identificación fiscal (NIF) sin el que no se podrá presentar la solicitud.
3) Los solicitantes deben realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la que se esté dado de
alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad y cotizar durante los plazos
mínimos que se indican al final de esta carta. En la solicitud colectiva es suficiente que cumpla esta
condición quien figure como primer solicitante.

Tipos de solicitud: cuando varias personas puedan tener derecho a una deducción, por ejemplo, los
progenitores de un descendiente discapacitado, la solicitud del abono anticipado puede ser colectiva
o individual.
a) Colectiva. Deberá presentarse por todos los solicitantes que pudieran tener derecho a la deducción.
El abono de la deducción se efectuará mensualmente mediante transferencia bancaria a quien figure
como primer solicitante  deberá cumplir los requisitos en el momento de presentar la
solicitud.
b) Individual. Se abonará a cada solicitante la cantidad  que resulte de dividir el importe que proceda
de los indicados anteriormente, entre el número de contribuyentes que pueden solicitar el abono
anticipado.

Para más información, contacta con nosotros.

Graduado Social Colegiado nº 2408

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